Measure L6 amends the Land Use Element of the Santa Paula General Plan, which is the
City's "constitution" for land use. The Measure would generally require voter approval
for existing or proposed developments or land use designations under the following
circumstances:
(1) if the Land Use Element is amended to either (a) increase the residential or commercial density; or (b) to intensify land use; and
(2) when a development or land use designation is on land that either (a) constitutes 81 or more contiguous acres; or (b) is contiguous to other land for which the City Council amended the Land Use Element as described above at any time during the preceding five (5) consecutive calendar years where the cumulative acerage of all the property comprises 81 or more acres.
Measure L6 states that there may be some situations where a proposed project on one (1)
acre of land could trigger the need for a vote of the electorate. The Measure affects
property inside and outside the City's jurisdiction.
California law, known as the California Environmental Quality Act or CEQA, requires an
environmental impact report ("EIR") where a project may have significant effects on the
environment. Measure L6 would mandate preparation of an EIR for any amendment to
the Land Use Element requiring a vote of the electorate regardless of whether the project
would have a significant effect on the environment.
Adding the Measure to the General Plan could also necessitate, under some
circumstances, that a project or land use designation have voter approval for two General
Plan amendments. The existing General Plan ordinarily prevents the City Council from
approving urban development on land that lies outside the City Urban Restriction
Boundary (or "CURB") before December 31, 2020 without voter approval. For some
projects that both lie outside the CURB and would be subject to this Measure, voter
approval would be required to both move the CURB line and amend the Land Use
Element as described above. A review of the General Plan shows that the Expansion
Areas identified as Adams Canyon, East Area 1, South Mountain, and West Area 2 are
potentially affected by this requirement.
To be adopted, Measure L6 must be approved by a simple majority of the City's voters.
A "yes" vote on Measure L6 favors amending the Land Use Element of the General Plan.
A "no" vote on Measure L6 opposes amending the Land Use Element of the General Plan.
|
La Medida L6 enmienda el Elemento del Uso de Terreno del Plan General de
Santa Paula, la cual es la "constitución" de la Ciudad para el uso de terreno. La
Medida generalmente requeriría la aprobación del votante para los desarrollos
existentes o propuestos o designaciones del uso de terreno bajo las siguientes
circunstancias:
(1) si el Elemento del Uso de Terreno es enmendado para que (a) aumente la
densidad residencial o comercial; o (b) para intensificar el uso de terreno; y
(2) cuando un desarrollo o designación del uso de terreno se encuentra en
terreno que (a) constituye 81 o más acres contiguos; o (b) es contiguo a otro
terreno por el cual el Concejo Municipal enmendó el Elemento del Uso de
Terreno tal como está descrito arriba en cualquier momento durante los cinco
(5) años civiles consecutivos anteriores en los cuales el acumulativo de los
acres de toda la propiedad comprende de 81 o más acres.
La Medida L6 indica que puede haber situaciones en el cual un propuesto proyecto
en un (1) acre de terreno puede provocar la necesidad de un voto del
electorado. La Medida afecta la propiedad dentro y afuera de la jurisdicción de la
Ciudad.
La ley de California, conocida como la Ley de Calidad Ambiental de California o
CEQA, requiere un informe sobre el impacto ambiental ("EIR") en el cual un
proyecto puede tener efectos significativos sobre el ambiente. La Medida L6
obligaría la preparación de un EIR para cualquier enmienda al Elemento del Uso
de Terreno exigiendo un voto del electorado a pesar de si el proyecto tendría un
efecto significativo en el ambiente.
Al añadir la Medida al Plan General también podría necesitar, bajo algunas
circunstancias, que un proyecto o designación del uso de terreno tenga
aprobación del votante para dos enmiendas al Plan General. El Plan General
existente por lo regular previene al Concejo Municipal de aprobar el desarrollo
urbano en terreno que se encuentra afuera del Límite de la Restricción Urbana
de la Ciudad (o "CURB") antes del 31 de diciembre de 2020 sin la aprobación
del votante. Para algunos proyectos que ambos se encuentran afuera del CURB
y estarían sujetos a esta Medida, la aprobación del votante sería exigida para
mover la línea CURB y enmendar el Elemento del Uso de Terreno tal como está
descrito arriba. Una revisión del Plan General indica que las Areas de
Expansión identificadas como Adams Canyon, Area Este 1, South Mountain, y
Area Oeste 2 son potencialmente afectadas por este requisito.
Para ser adoptada, la Medida L6 tiene que ser aprobada por una mayoría
sencilla de los votantes de la Ciudad.
Un voto de "sí" por la Medida L6 favorece enmendar el Elemento del Uso de
Terreno del Plan General.
Un voto de "no" por la Medida L6 opone enmendar el Elemento del Uso de
Terreno del Plan General.
|